España · Kilometraje e IRPF
¿Se paga el kilometraje de casa al trabajo en España?
La empresa puede compensar el desplazamiento, pero el trayecto ordinario entre el domicilio y el centro habitual de trabajo no recibe el mismo tratamiento fiscal que un viaje profesional a un cliente, proveedor u otro lugar de trabajo.
Respuesta corta: los 0,26 €/km no se aplican como exención fiscal al desplazamiento habitual de casa al centro de trabajo. La Agencia Tributaria señala que las cantidades percibidas por ese trayecto están sujetas al IRPF como rendimientos del trabajo.
| Trayecto | Tratamiento general |
|---|---|
| Casa → centro habitual de trabajo | No entra en la exención de 0,26 €/km. Si la empresa paga una cantidad por este trayecto, está con carácter general sujeta al IRPF. |
| Centro de trabajo → cliente | Puede entrar en los gastos de locomoción exceptuados de gravamen si el viaje es profesional y se justifica. |
| Centro de trabajo → proveedor / obra / reunión | Puede entrar en la misma regla si existe un desplazamiento real por motivos de trabajo. |
| Transporte público casa → trabajo | Existe una exención específica de hasta 1.500 €/año cuando la empresa paga al proveedor o utiliza fórmulas indirectas que cumplen los requisitos. |
Por qué casa → trabajo no es lo mismo que un viaje profesional
La regla de gastos de locomoción del IRPF está pensada para el empleado que se desplaza fuera de su fábrica, taller, oficina o centro de trabajo para realizar su trabajo en un lugar distinto.
La propia Agencia Tributaria contrapone ese supuesto al trayecto desde el domicilio al lugar de trabajo. Aunque la residencia y el centro de trabajo estén en municipios diferentes, ese desplazamiento ordinario continúa estando sujeto al impuesto si la empresa paga una cantidad por él.
Laura vive en Alcalá de Henares y trabaja habitualmente en una oficina de Madrid.
Casa → oficina: desplazamiento ordinario al centro habitual.
Oficina → cliente en Toledo: desplazamiento realizado para trabajar en un lugar distinto.
Los dos trayectos pueden aparecer en el historial del coche, pero fiscalmente no deben mezclarse como si fueran el mismo tipo de kilometraje.
Entonces, ¿la empresa no puede pagar el trayecto de casa al trabajo?
Sí puede pagarlo. La cuestión es distinta: que una empresa decida compensar un gasto no significa automáticamente que la cantidad quede exenta de IRPF.
Para el trayecto ordinario entre domicilio y centro habitual de trabajo, la AEAT indica que las cantidades percibidas están plenamente sujetas al impuesto como rendimientos del trabajo.
¿Cuándo sí entran los 0,26 €/km?
Cuando el desplazamiento profesional se realiza por un medio distinto del transporte público y encaja en la regla de gastos de locomoción, la cuantía exceptuada de gravamen es actualmente de 0,26 € por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento. Los peajes y aparcamientos justificados pueden añadirse aparte.
La diferencia esencial no es el coche utilizado. Es por qué se hizo el viaje y desde qué contexto laboral se realizó.

¿Qué pasa si salgo directamente de casa hacia un cliente?
Ese caso requiere más contexto que el simple trayecto casa-oficina. La calificación puede depender de cuál sea el centro de trabajo habitual, de la organización real del trabajo y de las circunstancias del desplazamiento.
Por eso no conviene aplicar automáticamente la etiqueta “casa → cualquier destino = trayecto privado”. El registro debe reflejar el viaje real y su motivo, y la empresa debe aplicar el criterio fiscal adecuado a su situación.
La excepción del transporte público
Existe una regla específica para favorecer el transporte colectivo entre la residencia y el centro de trabajo. La AEAT establece una exención de hasta 1.500 € anuales por trabajador para cantidades satisfechas por la empresa a las entidades que prestan el servicio público de transporte colectivo, incluyendo determinadas fórmulas indirectas de pago que cumplan los requisitos reglamentarios.
Cuando se utilizan tarjetas u otros medios electrónicos como fórmula indirecta de pago, la cantidad abonada no puede superar 136,36 € mensuales por trabajador, dentro del límite anual de 1.500 €, y deben cumplirse además los demás requisitos previstos.
Hay un matiz importante: si la empresa entrega dinero en efectivo al trabajador para que compre el título de transporte —o simplemente le devuelve después ese gasto en metálico— la AEAT lo considera retribución dineraria sujeta al impuesto. La estructura del beneficio importa.
¿Y los trabajadores con centros móviles o itinerantes?
El Reglamento del IRPF contempla una regla específica para trabajadores contratados expresamente para prestar servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes. En esos casos pueden aplicarse las reglas de dietas y locomoción cuando los desplazamientos correspondan a un municipio distinto del de la residencia habitual, siempre que se cumplan las demás condiciones.
Es una situación especial y no debe extrapolarse al trabajador que simplemente conduce cada día desde casa a una oficina fija.
Por qué conviene registrar también los trayectos entre casa y el trabajo
Que un trayecto no genere kilometraje exento no significa que deba desaparecer del historial. Al contrario: registrar todos los viajes ayuda a separar correctamente:
- desplazamientos ordinarios casa-trabajo;
- viajes profesionales;
- viajes personales;
- trayectos que necesitan revisión antes de clasificarse.
Para DriveQuery este es un caso de uso natural: el coche registra el movimiento y el sistema puede aprender rutas recurrentes. La empresa o el conductor conserva la decisión final sobre el motivo del viaje.
Un error común: multiplicar todos los kilómetros laborales por 0,26 €
Si el historial contiene 600 km de desplazamiento casa-oficina y 400 km de visitas a clientes, no es correcto tratar automáticamente los 1.000 km como kilometraje cubierto por la misma exención.
Primero hay que clasificar los trayectos. Después se calcula la cantidad correspondiente únicamente sobre aquellos viajes que cumplen las condiciones aplicables.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria — Asignaciones para gastos de locomoción, IRPF 2025
- Agencia Tributaria — Transporte colectivo entre residencia y centro de trabajo
- BOE — Reglamento del IRPF, artículo 9
- BOE — Orden HFP/792/2023, cuantía de 0,26 €/km
Preguntas frecuentes
¿Se puede pagar kilometraje por ir de casa al trabajo?
La empresa puede pagar una cantidad por ese desplazamiento, pero a efectos del IRPF el trayecto ordinario desde el domicilio al centro habitual de trabajo no entra en la exención de gastos de locomoción de 0,26 €/km. Las cantidades percibidas por ese concepto están, con carácter general, sujetas al impuesto como rendimiento del trabajo.
¿Se aplican los 0,26 €/km al trayecto casa-oficina?
No al desplazamiento ordinario entre el domicilio y el centro habitual de trabajo. La exención de 0,26 €/km se refiere a desplazamientos realizados para trabajar en un lugar distinto del centro de trabajo, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento.
¿Qué ocurre si voy desde la oficina a visitar a un cliente?
Ese tipo de desplazamiento puede encajar en los gastos de locomoción exceptuados de gravamen cuando está motivado por el trabajo y se justifica la realidad del viaje.
¿Hay una excepción para el transporte público entre casa y trabajo?
Sí. La normativa contempla una exención específica para cantidades satisfechas por la empresa a entidades de transporte público colectivo para facilitar el desplazamiento entre residencia y centro de trabajo, con un límite de 1.500 euros anuales por trabajador. En las fórmulas indirectas mediante tarjetas u otros medios electrónicos se aplica además un límite de 136,36 euros mensuales por trabajador, junto con los demás requisitos reglamentarios.
¿Si la empresa me devuelve en efectivo el abono de transporte queda exento?
La AEAT indica que el reembolso en metálico al trabajador para que compre el título de transporte se considera retribución dineraria sujeta al impuesto. La exención exige que el pago o la fórmula indirecta cumpla los requisitos previstos.
¿Conviene registrar también los trayectos de casa al trabajo?
Sí puede ser útil. Aunque no formen parte de la exención de 0,26 €/km, registrarlos permite separar claramente los desplazamientos ordinarios de los viajes profesionales y evitar mezclarlos en los informes de kilometraje.
Separa los trayectos entre casa y el trabajo de los viajes profesionales.
DriveQuery registra los trayectos de tu Tesla para que puedas clasificarlos, revisarlos y utilizarlos como base para tus informes.
